miércoles, 31 de diciembre de 2025

ELIMINACIÓN DE LOS DIFERENCIALES CLASE AC EN ESPAÑA

 


Conforme TRIS (Sistema de Información de Reglamentaciones Técnicas) de la Comisión Europea, en su notificación 2025/0417/ES del 03/11/2025. Establece disposiciones transitorias que España deberá cumplimentar:

Disposición 7- Se eliminará la instalación de interruptores diferenciales tipo AC normalizándose el uso del diferencial tipo A

Disposición 8- Se hará efectiva la obligación de suscribir un contrato de mantenimiento eléctrico de baja tensión todo ello para garantizar la seguridad de las instalaciones. 

La disposición Nª 8, en referencia a los Contratos de Mantenimiento Eléctrico reafirma lo establecido por normativa en el RD 842/2002 ITC-BT-04 y RD 141/2009 anexo VII entre otros:

¿Qué edificios de viviendas llevan OBLIGATORIAMENTE Contrato de Mantenimiento Eléctrico de baja tensión? Aquellos cuya Caja de Protección General sea igual o superior a 100 kW

  • Suministro- Trifásico con tensión nominal 400 V (B3-230/400 V) y CGP con 144 A
  • Suministro- Trifásico con tensión nominal 380 V (B2-220/380 V) y CGP con 152 A
  • Suministro- Trifásico con tensión nominal 220 V (B1-127/220 V) y CGP con 262 A (Las compañías suministradoras suelen no admitir 127/220 V para 100 kW por intensidad excesiva)

¿Qué cuartos de máquinas de piscinas llevan OBLIGATORIAMENTE Contrato de Mantenimiento Eléctrico de baja tensión? Aquellos cuya Potencia Instalada sea igual o superior a 10 kW

  • Suministro- Trifásico con tensión nominal 400 V (B3-230/400 V) y IGA con 15 A
  • Suministro- Trifásico con tensión nominal 380 V (B2-220/380 V) y IGA con 16 A
  • Suministro- Trifásico con tensión nominal 220 V (B1-127/220 V) y IGA con 27 A

Todo edificio de posea Ascensor sin límite de potencia instalada, lleva OBLIGATORIAMENTE Contrato de Mantenimiento Eléctrico de baja tensión

Citada disposición de la Comisión Europea, apoya la norma UNE 202013:2024 Conservación de instalaciones eléctricas de baja tensión. Plan de Mantenimiento Preventivo. Requisitos generales.

¿Por qué muchos edificios de viviendas, públicos e industrias no poseen Contratos de Mantenimiento Eléctrico? La realidad generalizada en España es por la percepción de que es un gasto evitable si no hay averías, motivo por el cual muchas de las edificaciones con 30 o 50 años de construidas NO POSEEN Inspección OCA aun siéndoles obligatoria.

Disponer de Certificado de Mantenimiento NO representa poseer Contrato de Mantenimiento Eléctrico firmado con Empresa Instaladora:

  •  Un Certificado de Mantenimiento es un documento técnico-declarativo, mediante el cual un técnico o empresa manifiesta que, en una fecha concreta, una instalación ha sido revisada. (Acredita una actuación puntual, no una relación continuada)
  • Un Contrato de Mantenimiento Eléctrico es una relación jurídico bilateral, requiere consentimiento mutuo, objeto y causa. Generando obligaciones recíprocas y continuadas.

Jurisprudencia: La aportación de certificados técnicos de mantenimiento no acredita por sí sola la existencia de una relación contractual de mantenimiento, ni exonera al titular de su deber de vigilancia.

Modificaciones Recientes al REBT:

1 de julio de 2021: Entró en vigor el Real Decreto 298/2021 (RD 298/2021), que modificó el REBT de 2002, aclarando la aplicación del reglamento en reparaciones y ampliaciones existentes.

3 de abril de 2024 (Publicación): La Resolución 40117/2024 se hizo efectiva, actualizando normas UNE y el mantenimiento.

Abril de 2025: Se considera una actualización importante por cambios en hábitos de consumo, incorporando nuevas exigencias en cables, aislamiento y diagnóstico, y afectando la ITC-BT-02, afectando mantenimientos y certificaciones

CONCLUSIÓN:

Las normas UNE citadas expresamente en la ITC-BT-02 del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión adquieren carácter obligatorio al quedar incorporadas por remisión normativa a una disposición reglamentaria de obligado cumplimiento, conforme a la doctrina consolidada del Tribunal Supremo (STS de 15-07-1996, 27-05-1997 y 24-10-2000) y del Tribunal Constitucional (STC 83/1984 y 69/1988). No obstante, dicha obligatoriedad se limita estrictamente a los aspectos técnicos concretos a los que la instrucción reglamentaria se remite, no pudiendo extenderse a prescripciones no incorporadas expresamente.

Para mejor comprensión:

El Tribunal Supremo (STS 24-10-2000) deja claro que: La remisión a normas técnicas no implica la incorporación automática de todo su contenido, sino únicamente de aquellos extremos necesarios para dar cumplimiento a la disposición reglamentaria.

STS de 15 de julio de 1996 (RJ 1996/5886)- Tribunal Supremo aplica directamente al REBT y a la ITC-BT-02

STS de 27 de mayo de 1997 (RJ 1997/4046)- La remisión a normas técnicas no supone una delegación de la potestad reglamentaria, sino la asunción por la Administración del contenido técnico de dichas normas.

Es cuanto se ha de decir.

viernes, 12 de diciembre de 2025

VIDEOPERITAJE o TELEPERITAJE

 


Muchos clientes dudan si la intervención de un perito en su caso es necesaria o no, en otros casos les provoca temor la palabra “Judicial”. Lo que no pasa por sus mentes es que un Perito Judicial o Independiente puede ser su mejor consejero y defensor. Motivos:

PERITO ASEGURADORA

1.      Evalúa los daños del siniestro por encargo de la compañía.

2.      Informar a la aseguradora para que pueda realizar una propuesta de indemnización, que a menudo es menor al valor real.

3.      Aunque formalmente son independientes, dependen económicamente de las aseguradoras, lo que puede sesgar su valoración.

PERITO INDEPENDIENTE (de Parte)

1.      Es un profesional que tú eliges para defender tus derechos y evaluar los daños desde tu perspectiva.

2.      Garantizar una valoración técnica y objetiva, maximizar tu indemnización y presentar un informe detallado que respalde tu reclamación.

3.      Es totalmente independiente de la aseguradora, representando solo tus intereses.

4.      Su informe sirve como base para negociar con la aseguradora o para iniciar un procedimiento de tasación pericial contradictoria (Artículo 38 de la Ley del Contrato de Seguro) si hay desacuerdo. 


VIDEOPERITAJE o TELEPERITAJE

El Videoperitaje o Teleperitaje, es una herramienta tecnológica que permite a un perito especializado realizar una visita virtual a un lugar a fin de poder apreciar los daños, valorar estado de instalación, y definir que provoco incidente de forma rápida y eficaz.

La metodología empleada en Videoperitaje o Teleperitaje está amparada por el marco normativo vigente en España que regula la admisión de medios audiovisuales y la intervención telemática de peritos en el proceso judicial. Conforme establecen: Art. 299.2 LEC, Art. 129 LEC, Art. 346 LEC y Art. 231 LOPJ. En su conjunto, estas normas legitiman plenamente el uso de herramientas audiovisuales para la obtención de evidencias técnicas, así como la intervención del perito a distancia, siempre bajo criterios de rigor técnico, trazabilidad y respeto a las garantías procesales.

El adecuado uso de esta nueva tecnología, le proporciona al cliente un ahorro económico por desplazamiento de profesionales, y el perito amplia el horizonte de su prestación de servicios profesionales. Débase señalar que este método de Videoperitaje o Teleperitaje exige del Perito Judicial una elevada preparación técnica-normativa y legal, al emitir un juicio del estado de una instalación. 

CONCLUSIÓN

Un Informe Pericial Eléctrico empleando el Videoperitaje o Teleperitaje, genera un ahorro del -50 % al cliente por desplazamiento del Perito a la instalación, conforme UNE 60364-6 la Verificación por Examen de una instalación eléctrica, está normativamente establecida. La segunda etapa del Informe Pericial Eléctrico según UNE 60364-6 es la Verificación por Medidas y Ensayos esta ineludiblemente debe ser realizada por el Perito presencialmente. 

Ejemplo de Verificación por Examen, empleando Teleperitaje.

Por cuanto un Informe Pericial Eléctrico según ITC-BT-05 y UNE 60364-6, se compone de DOS Verificaciones (por Examen y por Medidas - Ensayos) ambas vinculadas. 



lunes, 8 de diciembre de 2025

Una reflexión desde la experiencia pericial


Detrás de cada incidencia existe un hecho, una decisión o una omisión. Y es ahí donde comienza el análisis pericial.